UNA HISTORIA REAL sobre la memoria, la víctima y la rueda de reconocimiento.

Voy a contar un caso real de una investigación que llevé a cabo hace unos años. Un caso bastante sencillo pero que sirve para ejemplificar cómo [de mal] funciona, a veces, nuestro sistema judicial.

Era una tarde de primavera hace unos años. Un compañero y yo estábamos en la oficina de nuestro grupo de investigación cuando sonó el teléfono. Llamaban de la Comisaría de Tetuán, distrito de Madrid. Una mujer estaba denunciando que una persona le había sacado una navaja y la había amenazado de muerte en presencia de su hijo menor. Nos llamaban a nosotros porque el hecho tenía relación con nuestro ámbito de investigación.

Nuestra reacción fue coger un coche e irnos a ver a esta mujer para que nos contara de primera mano lo ocurrido.

Los hechos

En resumen, la mujer denunció que esta persona que le sacó la navaja le había reconocido por la calle (digamos que la víctima era conocida mediáticamente). El agresor le llamó por su nombre y le dijo que «le iba a rajar como le volviera a ver por ese barrio mientras le enseñaba una navaja». Le dijo que abandonara inmediatamente la zona por lo que corriendo se subió a un autobús y abandonó el lugar en compañía de su hijo.

Imagina la tensión y el estrés que puede provocar esta situación.

Además de este relato la víctima aportó los siguientes datos:

El agresor era una persona con el pelo rapado, vestía una camiseta morada y tenía los brazos tatuados. Una vez que ella se montó en el autobús, él se metió a la estación de metro de Tetuán a las 17:00 horas.

La investigación

En base a estos datos comenzó una investigación que se presumía fácil. Y así fue. En apenas unas horas teníamos imágenes del agresor. Justo a la hora que nos había dicho la víctima entró una persona rapada, con una camiseta morada y tatuajes en los brazos. Se le veía perfectamente y para mayor gozo, yo conocía a esa persona de haberle detenido en otras ocasiones por hechos similares. Como guinda del pastel, el autor de las amenazas entró al metro con un abono de transporte a su nombre.

Recapitulemos. Tenemos los datos dados por la víctima que encajan con la realidad sobre características físicas del agresor. La hora aportada, coincidente con la hora a la que entra al metro el agresor. Tenemos mi propia identificación del autor que firmo en diligencias porque conozco a la persona que está entrando al metro y que había sido señalado como el agresor. Tenemos la identificación del presunto autor mediante su abono transporte. Solo quedaba detener a la persona identificada y ponerle a disposición judicial.

Así hicimos pero, lo que posteriormente ocurrió, no lo podrás creer.

El problema de la memoria

Se explica rápido. El detenido una vez oído por el juez quedó en libertad. Transcurridos unos meses a esta persona se le pidió que acudiera acompañado de amigos al juzgado porque se iba practicar un reconocimiento en rueda. Como es obvio el investigado intentó cambiar de aspecto lo más posible. Respecto a su propia selección de amigos llevó a jóvenes que encajaban con su aspecto el día de los hechos.

Pasó lo esperado. La víctima falló en la identificación

¿Y cuál fue la consecuencia? El caso se archivó sin solución de continuidad.

Análisis y preguntas que surgen

Analicemos el tema. Resulta que se valoró un reconocimiento en rueda fallido por delante de evidencias objetivas.

Me surgen varias preguntas al respecto:

¿Tuvo en cuenta el juez que el tiempo transcurrido, la tensión durante las amenazas, los problemas asociados a la memoria en testigos y un largo etc… pudo llevar a ese fallo en la identificación?

¿Por qué se descartaron y no se valoraron las evidencias aportadas en la investigación policial?

Y la más preocupante.

Si el agresor hubiera ido con la cara tapada en el momento de las amenazas no se podría haber practicado el reconocimiento en rueda porque la víctima no le había visto la cara ¿En ese caso se hubiera tenido en cuenta el resto de evidencias?

Conclusión

Existen estudios que demuestran que ante situaciones de estrés, pánico o peligro, nuestra memoria puede verse afectada a largo plazo, distorsionando en cierta medida nuestros propios recuerdos. Realizar un reconocimiento facial después de haber sufrido una situación tan desagradable como la que hemos descrito, desde luego que puede aportar o reforzar la información suministrada ante un juez, pero quizás no debería ser definitiva si existen otras evidencias más claras e inmediatas.

Por otro lado, hay que tener en cuenta el tiempo transcurrido. En el tiempo más inmediato después del suceso, los recuerdos están más vivos y recientes. Sin embargo, con el paso del tiempo, ciertos aspectos de los recuerdos tienden a difuminarse y volverse menos concretos.

Si a esto le añadimos que incluso otras personas pueden adoptar los mismos rasgos físicos que el acusado tenía en el momento de los hechos, habrá que valora si existe una intención de confundir la identificación por parte de la víctima.

Viendo como ha funcionado la justicia en este caso, cabría pensar que, a la hora de cometer un delito, el sujeto puede preferir hacerlo a cara descubierta y confiar en que es posible que la memoria de los testigos falle en su reconocimiento en rueda.