Indicio, evidencia y prueba pueden ser tratados a veces como sinónimos pero en el ámbito policial y judicial no lo son. Los tres términos guardan una relación muy importante que vamos a ver a continuación.
Indicio, evidencia y prueba son las distintas consideraciones que van a tener los datos de una investigación en su camino desde las primeras pesquisas hasta el juicio oral. El rastro que comienza siendo un simple indicio propicia la búsqueda de la evidencia que, en su caso, el juez aceptará como prueba.
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¿Qué son los indicios de una investigación?
Los indicios son datos, huellas, rastros, vestigios que, normalmente, son el punto de partida de las investigaciones policiales. El indicio permite conocer o inferir otros fenómenos que no conocemos directamente. Por ejemplo, si vemos humo podríamos inferir que hay un fuego aunque no lo estemos viendo directamente. De igual forma, el médico que observa un síntoma determinado puede sospechar que se encuentra ante una enfermedad concreta.
Por lo tanto, los indicios nos van a permitir centrar la búsqueda de la verdad de lo ocurrido en una investigación.
¿Qué son las evidencias de un delito?
Avanzando en la calidad de los datos dentro de una investigación tenemos las evidencias. Las evidencias serían hechos, datos, señales contrastadas que determinan la certeza de lo ocurrido.
Si en una escena de un crimen se encuentra una huella dactilar estaríamos en presencia de un indicio. Si esta huella, tras ser recogida y analizada por la Policía Científica, identifica a un posible autor estaríamos ante una evidencia. Al menos tendríamos la evidencia de que esa persona estuvo en el lugar del crimen y dejó allí su huella.
¿Qué son las pruebas de un caso?
Por último, lo más importante es que las evidencias se conviertan en pruebas. Esto ocurre cuando el juez acepta las evidencias como un argumento válido que explica el hecho juzgado.
En base a las pruebas aceptadas (antes evidencias) por la autoridad judicial, se llega a la convicción de lo ocurrido, fundamentando así la sentencia.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal nos dice que se pueden clarificar los siguientes medios de prueba:
- Confesión de los autores del delito.
- Testimonios de testigos.
- Informes periciales como los realizados por Policía Científica
- Pruebas documentales que ayuden a esclarecer el hecho (libretas, diarios, contratos, facturas, etc.)
Conclusiones
Cada término (indicio, evidencia, prueba) cumple una función en la investigación de un caso. Mientras el indicio nos va a indicar el camino a seguir, la evidencia va a contrastar la relación entre personas y objetos del hecho criminal. La prueba es el argumento del que se vale el juez para dictar una sentencia una vez que acepta la evidencia.